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Petición Familiar

Inmigración Basada en empleo

B-1 Visa de visitante por negocios

B-2 Visa de Turista

F-1 Visa de Estudiante

J-1 Visa de visitante por Intercambio

L Visa de Transferencia entre empresas

Visa O de Habilidad Extraordinaria

P Visa

H Visa

TN Visa

E Visa

Visa de Inmigrante
(Permanente)


​Visa de no-inmigrante (Temporal)

Solución a la deportación

Acción diferida (DACA)

Visas de victimas
(U Visas & VAWA)

Estatus de Inmigrante Especial Juvenil
(SIJS)

Ciudadanía

Visas para no inmigrantes (temporales)

VISIÓN GENERAL:
Los no inmigrantes son ciudadanos extranjeros que ingresan a los Estados Unidos por un período temporal para participar en actividades definidas que concuerdan con el propósito de su visa particular de no inmigrante. Generalmente, para que un Extranjero obtenga una visa de no inmigrante, el Extranjero debe tener una "intención de no inmigrante" estricta o la intención de abandonar los Estados Unidos al finalizar el propósito de su estadía en los Estados Unidos. Ciertas visas de no inmigrante, sin embargo, permiten que el Extranjero tenga "doble intención", lo que significa que el Extranjero puede tener la intención a corto plazo de partir de los Estados Unidos al finalizar su propósito de estadía, y también tener el largo -termino de permanecer permanentemente en los Estados Unidos como inmigrante. Esto se conoce como la Doctrina Dual Intent. La Doctrina de doble intención solo se reconoce para ciertas visas de no inmigrante.

La obtención de una visa de no inmigrante basada en el empleo requiere que el empleador de EE. UU. Ofrezca un puesto de tiempo completo a un extranjero. El empleador también debe presentar una petición a USCIS en nombre del extranjero. Para ciertas visas, el empleador debe aceptar pagarle al empleado extranjero un salario requerido, que es el salario prevaleciente o real, basado en la ubicación geográfica de la posición y el nivel de educación requerido por el empleador y la experiencia para el puesto.

Hay muchos tipos de visas temporales para no inmigrantes disponibles para compañías que desean patrocinar empleados extranjeros en los Estados Unidos. El tipo de visa a menudo depende de los requisitos del puesto ofrecido, incluido el nivel de educación requerido y los años de experiencia del empleado extranjero. En Potra Law Firm, trabajamos en estrecha colaboración con los empleadores para identificar y garantizar las visas de no inmigrante laboral más adecuadas, incluidas las visas H-1B, para sus empleados extranjeros ante el DOL, el USCIS y el Departamento de Estado de EE. UU.

Visas Temporales No Inmigrantes Incluyen:
​
  • Visas de visitante de negocios B-1 / B-2.
  • E-1 / E-2 Trader de traders y visas de inversionistas: este tipo de visas están reservadas para extranjeros que ingresan temporalmente a los Estados Unidos, y el país de origen del extranjero tiene un tratado con los Estados Unidos. El Extranjero solo debe ingresar a los Estados Unidos: 1) para realizar un comercio sustancial de alcance internacional entre los Estados Unidos y su país de origen; 2) establecer y dirigir las operaciones de una empresa en la que invirtió el extranjero; 3) como un empleado vital cuyos servicios son "esenciales para la operación eficiente" de la empresa; o 4) como empleador de una empresa.
  • Visas de especialidad H-1B para profesionales: Las visas H-1B están reservadas para los empleados extranjeros que tienen una licenciatura o más en una especialidad.
  • H-1B CAP: Solo 65,000 nuevas visas H-1B de nivel de licenciatura, y 20,000 visas H-1B de nivel de maestría o superior de los Estados Unidos se pueden otorgar en cada año fiscal del gobierno. Esto se conoce como H-1B CAP. Ciertos empleadores, como las instituciones de educación superior o las empresas sin fines de lucro, están exentos de la PAC y pueden contratar a un empleado extranjero, incluso si se ha cumplido con el PAC H-1B para ese año fiscal. En general, si un empleado de nacionalidad extranjera ha sido contado en contra del H-1B CAP en los últimos seis años, no se lo contará de nuevo contra el CAP si decide cambiar de empleador o extender su estado H-1B en los Estados Unidos.
  • Las visas H-1B son inicialmente válidas por un período de tres años y se pueden extender hasta un total de seis años. Después de estos seis años o la conclusión de su propósito de estadía, el empleado de la Nación Extranjera debe partir de los Estados Unidos. En determinadas circunstancias, el empleado de nacionalidad extranjera puede extender su visa H-1B por más tiempo que el máximo de seis años prohibido. Los titulares de visa H-1B pueden tener doble intención.
  • Para patrocinar a un ciudadano extranjero para una visa H-1B, un empleador debe primero presentar una Solicitud de condición laboral (LCA) con el DOL para la certificación. El propósito de la LCA es determinar el salario prevaleciente del puesto ofrecido en función de la ubicación geográfica y los requisitos mínimos para el puesto. Como condición para obtener una visa H-1B para un empleado extranjero, el empleador debe pagarle al empleado extranjero el monto más alto del salario prevaleciente determinado o el salario real del puesto, y atestiguar que el empleo del empleado extranjero no tendrá efectos negativos. afectar las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar. Una vez que el LCA se certifica con el DOL, lo que demora aproximadamente siete días hábiles, el empleador luego presenta una petición al USCIS usando el Formulario I-129. USCIS luego aprobará o negará la petición, o solicitará información adicional para ayudar en la adjudicación de la petición.
  • Visas temporales para trabajadores no agrícolas H-2B: Las visas H-2B, disponibles a través del programa H-2B, se crean para empleados extranjeros que desean venir a los Estados Unidos para realizar trabajos temporales no agrícolas en una carga máxima estacional única. o intermitente. El programa H-2B permite a los empleadores de EE. UU. Que cumplan con requisitos reglamentarios específicos llevar extranjeros a los Estados Unidos para ocupar empleos temporales no agrícolas a tiempo completo. Tiempo completo se define como 35 horas por semana. Las visas H-2B generalmente se otorgan por un año o menos. Generalmente, varios trabajadores pueden ser patrocinados en una sola petición H-2B siempre que los trabajadores participen en el mismo tipo de trabajo en los mismos términos y condiciones en la misma ocupación y área de empleo.H-2B CAP: El Programa H-2B está sujeto a un límite numérico estatutario o "CAP" en el número total de ciudadanos extranjeros que pueden recibir una clasificación de no inmigrante H-2B durante cada año fiscal. El CAP H-2B se establece en 66,000 visas cada año. USCIS reserva aproximadamente 33,000 visas H-2B para los meses de julio a diciembre para tomar en cuenta las necesidades estacionales de los empleadores en los meses de otoño e invierno. Una vez que se alcanza el H-2B CAP, el USCIS solo puede aceptar peticiones H-2B para ciudadanos extranjeros que ya hayan recibido una clasificación de no inmigrante H-2B. En otras palabras, una vez que se alcanza el H-2B CAP, USCIS no aceptará peticiones para nuevos trabajadores H-2B.
  • El programa H-2B solo está disponible para extranjeros de ciertos países. Se puede encontrar una lista completa de países elegibles aquí (ENLACE: http://www.uscis.gov/working-united-states/temporary-workers/h-2b- non-agricultural-workers / h-2b-temporary-non -agricultural-workers # H2-B% 20Countries.) Generalmente, los ciudadanos extranjeros de los siguientes países son elegibles para visas H-2B: Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y México, entre muchos otros.
  • Visas de capacitación H-3: Las visas de capacitación H-3 están disponibles para trabajadores temporales que son invitados a los Estados Unidos por una persona u organización para recibir instrucción y capacitación "en cualquier campo de actividad", excepto para la formación de educación médica para graduados. Los ciudadanos extranjeros que se encuentran en los Estados Unidos con visas de capacitación H-3 no pueden tener un empleo productivo.
  • Visas de visitante de intercambio J-1 y Q-1: Las visas J-1 y Q-1 están disponibles para extranjeros que están bajo la designación de "visitante de intercambio". Los extranjeros con visas J-1 o Q-1 viajan a los Estados Unidos. Los estados deben asistir a un programa patrocinado que ha sido aprobado por el Departamento de Estado de los EE. UU. Para enseñar, estudiar o recibir capacitación en habilidades especiales.
  • L-1A / B Visas de transferencia intraempresarial: Las visas L-1 están diseñadas para permitir que las empresas internacionales reubiquen o "transfieran" sus empleados extranjeros a su compañía afiliada con sede en los EE. UU. Las visas L-1, que permiten una doble intención, se pueden dividir en dos categorías: L-1A, que está reservada para ejecutivos o gerentes multinacionales; y L-1B, que está reservado para empleados extranjeros que poseen "conocimiento especializado" de los negocios de la compañía.
  • L-1A: Las visas L-1A son apropiadas para ejecutivos o gerentes que vienen a trabajar en los Estados Unidos por un período temporal. Para ser elegible para una visa L-1A, el ejecutivo o gerente debe haber estado empleado con la empresa extranjera por un período de un año en los últimos tres años antes de presentar la petición ante el USCIS. La L-1A es una excelente opción de visa para compañías que no tienen presencia en los EE. UU. Pero que desean expandirse al mercado de EE. UU. La estadía total bajo una visa L-1A no puede exceder los siete años.
  • L-1B: Las visas L-1B son apropiadas para los empleados de Foreign National que poseen "conocimiento especializado" de la compañía, y están llegando a los Estados Unidos para impartir este "conocimiento especializado" a los trabajadores de los EE. UU. Por lo general, para calificar como conocimiento especializado de la empresa, el conocimiento debe ser exclusivo, individualizado o exclusivo de la empresa, donde un empleado de otra empresa o incluso un empleado de la misma empresa no posee el mismo "conocimiento especializado". como el empleado patrocinado de la Nación Extranjera. La estadía total bajo una visa L-1B no puede exceder los cinco años.
  • L Visas combinadas: las empresas que usan con frecuencia la categoría L-1 de visas pueden solicitar y obtener una visa combinada L-1 a través del Programa de Petición Blanqueada L-1, lo que facilita ciertos requisitos de visa L-1A / B, permitiendo transferencia de empleados dentro de la compañía a los Estados Unidos.
  • Visa O-1 para Extranjeros Extraordinarios: Las visas O-1 están reservadas para empleados extranjeros con habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo. Para obtener una visa O-1, un extranjero debe demostrar "reconocimiento nacional o internacional sostenido, o un registro de logros extraordinarios". Las visas O-1, que son de doble intención, se conceden inicialmente por un período de tres años y pueden ser extendido indefinidamente en incrementos de un año.
  • Visas de entretenimiento P: Las visas P están reservadas para deportistas o artistas extranjeros que sean reconocidos internacionalmente. A los atletas se les pueden otorgar visas P por un período de cinco años, que pueden extenderse por cinco años adicionales. A los artistas se les puede otorgar visas P por un período que no exceda un año.
  • R-1 Visas de Trabajador Religioso: Las visas R están reservadas para ministros o trabajadores religiosos que realizarán deberes que son principalmente religiosos en función dentro de una denominación, y que claramente implican la realización del credo religioso y las creencias de una denominación.
  • Para calificar para una visa R, el puesto no debe ser de naturaleza administrativa, y no debe ser únicamente para estudios religiosos o capacitación para el trabajo religioso. Para patrocinar a un trabajador religioso para una visa R, la entidad patrocinadora debe presentar el Formulario I-129 ante el USCIS. Además de presentar el Formulario I-129 ante el USCIS, la entidad patrocinadora debe presentar pruebas del estado exento de impuestos ante el IRS, así como evidencia de las calificaciones educativas y confesionales del trabajador religioso. Las visas R se otorgan por un período de dos años y pueden extenderse hasta un período de cinco años. Es importante tener en cuenta que USCIS a menudo realiza inspecciones in situ para verificar la entidad patrocinadora. Estas inspecciones in situ pueden incluir entrevistas con los líderes de la entidad patrocinadora y la revisión de sus registros.

Si usted es una organización religiosa interesada en contratar a un ministro o trabajador religioso extranjero, el primer paso de este proceso es asegurarse de que sea una organización sin fines de lucro 501 (C) (3). Si su organización aún no tiene el estado 501 (C) (3) sin fines de lucro, nuestro equipo de abogados puede ayudarlo a obtener este estado trabajando en estrecha colaboración con el liderazgo de su organización para obtener y presentar los documentos apropiados con los respectivos estados. departamento de incorporación.
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